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 FAMILIA PROTEGIDA


Beneficio que otorga la mantención del plan de salud en caso de fallecimiento del titular.

En caso de fallecimiento del afiliado titular, los beneficiarios del Contrato de Salud podrán obtener el equivalente a 5 años, en caso de muerte natural ó 10 años, en caso de muerte accidental, de cotizaciones de salud en base a la última cotización pactada por el titular, monto que será abonado como cotizaciones de salud de forma mensual, mientras permanezcan afiliados a Consalud.

Este beneficio opera adicional al año legal que entrega la Isapre.

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